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Chihuahua— Con nueve votos a favor, el pleno de magistrados del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) resolvió ayer que no se requería un acuerdo, para definir los casos de excepción, en que las audiencias del máximo órgano de justicia, deberán ser privadas.
Por su parte, siete de los magistrados se pronunciaron a favor de que se tenía que tomar un acuerdo para que se incluyera como normatividad en la Ley Orgánica de ese poder.
La resolución de los magistrados, va en el sentido de que el acuerdo del Congreso y la propia Constitución, establece que serán los magistrados, quienes determinen a su consideración, en cuales casos no se permitirá la presencia del público en las sesiones del pleno.
Es decir, que no era necesario delimitar en qué circunstancias las audiencias deberían ser privadas, dejándolo al arbitrio de los mismos magistrados, siempre y cuando hagan la argumentación correspondiente.
La magistrada Patricia Baray, fue quien en su interlocución señaló que era innecesaria esa reglamentación, ya que en el acuerdo del decreto del Poder Legislativo se establece que todas las audiencias del pleno de magistrados del STJ deberán ser públicas y sólo excepcionalmente por acuerdo del pleno, con justificación cuando vayan a ser privadas.
Al final por mayoría de votos se aprobó que no era necesario insertar alguna normatividad en este sentido, en la Ley Órganica del Poder Judicial del Estado.
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