lunes, 19 de septiembre de 2011

Reforma obliga al agresor a reparar daño a víctima para salir bajo fianza



EL DIARIO DE CHIHUAHUA








Será obligación cubrir la reparación del daño a la víctima de un delito, para que el reo pueda obtener los beneficios de preliberación, informó el diputado, Fernando Mendoza, tras aprobarse las reformas a la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales en el Congreso Estatal.

El legislador explicó que anteriormente una persona que compurgaba una pena podía acceder a beneficios de preliberación acortando su condena, sin necesidad de resarcir el daño a la víctima.
“En la realidad social encontramos que el sentenciado en muchos de los casos le resulta conveniente esperarse en prisión la mitad de su condena, con el objeto de no pagar la reparación del daño a que fue condenado, a sabiendas de que al promover el beneficio de la remisión parcial de la pena obtendrá su libertad sin problemas”.
Esto debido a que la ley contempla una remisión parcial de la pena es un beneficio otorgado por la autoridad judicial ejecutora, y consiste en que por cada dos días de trabajo se hará remisión de uno de prisión.
El legislador indicó que debido a la política criminal que se aplica en nuestros días se debe de garantizar que para recibir los beneficios de libertad que se le otorgan al reo debe de haber cubierto la reparación del daño a la víctima u ofendido.
Por ello, dijo, se presentó una iniciativa en la que se reforma el artículo 76 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales y condicione al reo a que para poder obtener cualquier beneficio preliberacional deberá cumplir antes con la reparación del daño a la víctima.
Con esta reforma se garantizará el debido cumplimiento a los derechos de la víctima u ofendido y el apego de nuestra legislación a los preceptos constitucionales que mencionan lo conducente, finalizó el legislador.



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