EL HERALDO
Chihuahua, Chihuahua.- La comisión de Seguridad del Congreso del Estado aprobó por unanimidad eliminar la dirección del titular en las licencias de conducir y tarjetas de circulación, con la finalidad de favorecer a la seguridad de los conductores que transitan en el estado de Chihuahua y de combatir elementos utilizados por secuestradores y extorsionadores para hacerse de datos de sus víctimas.
"El motivo es precisamente eso: prevenir, atender y resolver las distintas estrategias que hoy está utilizando la delincuencia en detrimento de nuestra sociedad y con ello proteger nuestra esfera jurídica", señaló Héctor Ortiz Orpinel, coordinador de la bancada panista.
La justificación de la iniciativa que analizó la comisión de Seguridad por unanimidad, se sustenta en que en el clima de inseguridad que se vive en el estado exige buscar todas las medidas que exista al alcance.
Ante los delitos de robo de vehículo, con o sin violencia, los legisladores consideraron que debe motivar a una reflexión sobre lo que sucede después de que a la víctima se le priva de su unidad, ya sea que se encontrara en ella al momento del hurto, o bien, que reciba la desagradable sorpresa de regresar al lugar donde se encontraba su vehículo para darse cuenta que éste simplemente ya no se encuentra ahí.
"En ambos casos, aunado a la pérdida del bien mueble, se sustraen documentos, las licencias de conducir y las tarjetas de circulación, que permiten la identificación de la víctima por parte de estas lacras de la sociedad, lo que les coloca en una situación de superioridad absoluta con respecto al afectado, logrando con ello el chantaje y la intimidación de la víctima para evitar que se denuncien los hechos y lograr vivir en un paraíso de impunidad", detalló.
Explicaron que las licencias de conducir y las tarjetas de circulación vehicular contienen el nombre del solicitante, su dirección y su número de emergencia; en el segundo caso, dirección, nombre y teléfono del propietario. Es decir, datos que permiten fácilmente la ubicación de la persona.
"En su momento, esto era lo adecuado y hoy por hoy, atendiendo a la inseguridad, ha dejado de serlo, por lo tanto es menester que estos documentos no sigan conteniendo los datos antes señalados".
Especificaron que esto no significa que los mismos dejen de servir para identificar al propietario del vehículo, en el caso de la tarjeta; y para acreditar la calidad de conductor, en el caso de la licencia, "sólo necesitamos modificar el formato de las mismas", aclaró.
Al final de cuentas el análisis que prevaleció es que, sin la dirección, teléfono, ni referencias, esta modificación permite que la nueva licencia y la tarjeta de circulación, con los datos que contenga para alguien externo a la Dirección de Vialidad, no dice nada.
Con la aprobación se prevé en el artículo transitorio una vacatio legis (se denomina, en Derecho, al periodo que transcurre desde la publicación de una norma hasta que ésta entra en vigor) de 90 días, para entrar en vigor el decreto después de su publicación con la finalidad de que las autoridades de Vialidad puedan en este lapso diseñar el método de identificación electromagnético o simplemente un folio y así dar cumplimiento a la reforma planteada.
Chihuahua, Chihuahua.- La comisión de Seguridad del Congreso del Estado aprobó por unanimidad eliminar la dirección del titular en las licencias de conducir y tarjetas de circulación, con la finalidad de favorecer a la seguridad de los conductores que transitan en el estado de Chihuahua y de combatir elementos utilizados por secuestradores y extorsionadores para hacerse de datos de sus víctimas.
"El motivo es precisamente eso: prevenir, atender y resolver las distintas estrategias que hoy está utilizando la delincuencia en detrimento de nuestra sociedad y con ello proteger nuestra esfera jurídica", señaló Héctor Ortiz Orpinel, coordinador de la bancada panista.
La justificación de la iniciativa que analizó la comisión de Seguridad por unanimidad, se sustenta en que en el clima de inseguridad que se vive en el estado exige buscar todas las medidas que exista al alcance.
Ante los delitos de robo de vehículo, con o sin violencia, los legisladores consideraron que debe motivar a una reflexión sobre lo que sucede después de que a la víctima se le priva de su unidad, ya sea que se encontrara en ella al momento del hurto, o bien, que reciba la desagradable sorpresa de regresar al lugar donde se encontraba su vehículo para darse cuenta que éste simplemente ya no se encuentra ahí.
"En ambos casos, aunado a la pérdida del bien mueble, se sustraen documentos, las licencias de conducir y las tarjetas de circulación, que permiten la identificación de la víctima por parte de estas lacras de la sociedad, lo que les coloca en una situación de superioridad absoluta con respecto al afectado, logrando con ello el chantaje y la intimidación de la víctima para evitar que se denuncien los hechos y lograr vivir en un paraíso de impunidad", detalló.
Explicaron que las licencias de conducir y las tarjetas de circulación vehicular contienen el nombre del solicitante, su dirección y su número de emergencia; en el segundo caso, dirección, nombre y teléfono del propietario. Es decir, datos que permiten fácilmente la ubicación de la persona.
"En su momento, esto era lo adecuado y hoy por hoy, atendiendo a la inseguridad, ha dejado de serlo, por lo tanto es menester que estos documentos no sigan conteniendo los datos antes señalados".
Especificaron que esto no significa que los mismos dejen de servir para identificar al propietario del vehículo, en el caso de la tarjeta; y para acreditar la calidad de conductor, en el caso de la licencia, "sólo necesitamos modificar el formato de las mismas", aclaró.
Al final de cuentas el análisis que prevaleció es que, sin la dirección, teléfono, ni referencias, esta modificación permite que la nueva licencia y la tarjeta de circulación, con los datos que contenga para alguien externo a la Dirección de Vialidad, no dice nada.
Con la aprobación se prevé en el artículo transitorio una vacatio legis (se denomina, en Derecho, al periodo que transcurre desde la publicación de una norma hasta que ésta entra en vigor) de 90 días, para entrar en vigor el decreto después de su publicación con la finalidad de que las autoridades de Vialidad puedan en este lapso diseñar el método de identificación electromagnético o simplemente un folio y así dar cumplimiento a la reforma planteada.
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