viernes, 7 de enero de 2011

Exoneran jueces a 3 sicarios confesos



EL HERALDO

Chihuahua, Chihuahua.- Los jueces Aram Delgado, Carlos Martínez y Javier Cornejo exoneraron el pasado miércoles a tres homicidas confesos incurriendo en la misma situación de los juzgadores que relevaron por liberar al asesino de la joven Rubí Frayre, a causa de una errónea interpretación de la ley señalada por parte de la Fiscalía General del Estado.

De la misma manera que en abril pasado se rechazó como prueba incriminatoria la grabación donde aceptó haber victimado a su pareja el homicida Sergio Barraza, ahora los sustitutos determinaron que la videograbación donde Rodolfo Sierra Archuleta, Sergio Daniel Martínez Segura y Pedro Martínez Gordillo aceptan su culpabilidad en presencia de sus defensores es inaceptable.

Así lo denunció la autoridad estatal al manifestar que promueve un recurso de casación para anular la resolución y reactivar la principal prueba incriminatoria en relación a la muerte de los ciudadanos Luis Herrera Aguirre y Gaspar Sariñana Morales, ocurrida el pasado 6 de septiembre del 2009."La prueba fue rotundamente rechazada por iniciativa del Tribunal Oral sin que la defensa de los imputados la cuestionara previamente, cuando el Sistema de Justicia Penal es y debe ser adversarial y acusatorio", indica un comunicado de la Fiscalía de Chihuahua.

"Es decir, los señores jueces de oficio sin petición alguna decidieron no admitir las pruebas de las representación social", añadió.Señaló que durante la audiencia intermedia la videograbación fue aceptada como prueba por parte de un juez de garantía.La intención era que la prueba fuera presentada en el juicio oral, según quedó asentado y ordenado en el auto de apertura, "situación que no fue acatada por el tribunal oral".

"Eso provocó que no se valorara ninguna de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público y que habían sido admitidas en el proceso procesal oportuno y por la autoridad facultada para ello", reiteró la fiscalía.Aseveró que la resolución de los jueces sustitutos es contraria a la jurisprudencia y a los antecedentes que existen en la materia, mientras que era su obligación haber escuchado y observado las videograbaciones para valorar su calidad de evidencia y proceder a una interpretación."No rechazarla por completo la producción en el juicio de debate", argumentó.

Destacó que por ese motivo se apelará al criterio aplicado para lograr finalmente la sentencia de prisión para el homicida Sergio Barraza por parte del Tribunal de Juicio Oral del Distrito Judicial Bravos.Recordó que a partir del pasado 23 de octubre se reformó el Código de Procedimientos Penales precisamente para permitir que las videograbaciones de las declaraciones voluntarias de los acusados puedan ser usadas como evidencia.Increpó que por la decisión de Aram Delgado, Carlos Martínez y Javier Cornejo, "por esta interpretación errónea", los imputados quedasen sin responsabilidad penal."Sin embargo quedaron en prisión preventiva ya que están sujetos a más procedimientos penales por delitos de homicidio calificado, tiempo que aprovechará la fiscalía para interponer el recurso de casación y poder así, en su caso, modificar el discutible criterio aplicado por el Tribunal Oral", concluyó.

La misma "interpretación errónea" provocó que el pleno de magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado acordase someter a un procedimiento administrativo a Catalina Ochoa, Netzahualcóyotl Zúñiga y Rafael Boudib, quienes el pasado lunes fueron notificados sobre la necesidad de que respondan a la acusación formulada en su contra por la Fiscalía de Chihuahua.Asimismo que los integrantes del Congreso del Estado vayan a discutir este martes la procedencia del juicio político que se abriría en su contra para determinarles una responsabilidad de naturaleza oficial.

No hay comentarios:

Publicar un comentario