Chihuahua, Chihuahua.- Por primera vez en Chihuahua se aplicará la Ley de
Extinción de Dominio en ccontra de Felipe Eduardo Herrera Sifuentes, alias "el
Patrón", líder de la banda de secuestradores denominada "Cuadra La Esmeralda", a
quien se le enajenarían propiedades y cuentas bancarias con valor de más de 10
millones de pesos obtenidos gracias a su actividad criminal.
El primer
paso para lograr la Extinción de Dominio ya lo inició ayer la Fiscalía General
de Justicia al solicitar el inicio del proceso ante un juez de Garantías, es
decir, ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, que luego de la
presentación de pruebas y de la auditoría al patrimonio del hoy detenido
acreditaría la obtención ilícita de las propiedades y cuentas bancarias para
luego decretar que pasen a poder del estado.
La ley aprobada apenas el 7
de abril del 2010 tendrá por primera vez oportunidad de dotar de beneficios a
víctimas, ya que se acredita plenamente el rango de delitos que ameritan se les
despoje de los bienes materiales y económicos a quienes cometan robo de
vehículos, extorsión, secuestro y trata de personas.
Armas, cartuchos,
caballos, gallos y animales de granja que le fueron incautados no aplican dentro
de esta consideración, puesto que incurre en lo estipulado dentro del artículo
10 de la mencionada ley, que contempla la excepción de la acción respecto de
ciertos bienes.
Textualmente esta parte de la Ley de Extinción de
Dominio señala que se exceptúan de la acción de extinción, las armas de fuego,
municiones y explosivos, respecto de los cuales, en todo caso, deberá observarse
lo dispuesto en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Tratándose de narcóticos, se procederá en los términos de la legislación
federal aplicable.
Así también los bienes asegurados que resulten del
dominio público o privado de la Federación, del estado o de los municipios, se
restituirán a la dependencia o entidad correspondiente, de acuerdo con su
naturaleza y a lo que dispongan las normas aplicables.
En el caso
particular aplica especialmente la parte que señala: "Se exceptúan también la
fauna y la flora protegidos, materiales peligrosos y demás bienes cuya propiedad
o posesión se encuentre prohibida, restringida o especialmente regulada, en cuyo
caso se procederá en los términos de la legislación aplicable".
Cabe
señalar que la acción de extinción de dominio es de carácter real, de contenido
patrimonial, y procederá sobre cualquier bien, independientemente de quién lo
tenga en su poder, o lo haya adquirido, sin perjuicio de los recursos que
cualquier persona que se considere afectada pueda interponer para demostrar la
procedencia lícita de tales bienes y su actuación de buena fe, así como que
estaba impedida para conocer la utilización ilícita de los mismos.
De
igual forma se determinó que el ejercicio de la acción de extinción de dominio
corresponde al Ministerio Público.
Incluso si Herrera Sifuentes tuviera
bienes fuera del territorio estatal, no podría escapar de la extinción de
dominio ninguna propiedad o cuenta cuya raíz económica se vincule a su persona,
ya que la misma ley cuenta con anexos que disponen lo siguiente:
"Esta
Ley se aplicará entratándose de inmuebles que se encuentren ubicados en el
territorio del
estado de Chihuahua. Cuando se encuentren situados fuera
del mismo, se dará vista a la autoridad competente de dicho lugar, sin perjuicio
de ordenar las medidas necesarias para la procedencia y tramitación de la acción
de extinción hasta su conclusión en este estado".
Cabe señalar que la
mañana de ayer el gobernador César Duarte Jáquez anunció que el Ejecutivo ha
instruido a la Fiscalía General a impulsar este mecanismo que dejaría un
precedente en la historia de impartición de justicia en el norte del país y que
daría un castigo ejemplar a quienes cometan delitos de alto impacto social como
los señalados.
Será aplicada por primera vez en Chihuahua la Ley de Extinción de Dominio;
enajenarán cuentas por $10 millones